Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Juntas Comunales: Confuso inicio del gobierno de las Comunas

enero 5, 2012

Por Hugo Osvaldo Tornese.

(Presidente de la Junta Vecinal y de Estudios Históricos de Villa Crespo – Vecino Participativo reconocido por el GCABA e integrante de IpeBA). Exclusivo para Revista “Mi Barrio” y “La Red de Medios Barriales” de la Ciudad.

Los Juntistas, a cargo del gobierno de cada comuna de la Cdad. de Bs As, están convocando a participar de reuniones comunales sin una normativa previa. Vecinos e instituciones, reclaman un funcionamiento reglamentado, acorde a la ley de comunas.

A partir del 10 de Diciembre de 2011, asumieron sus funciones los juntistas comunales, como miembros del gobierno colegiado de cada comuna porteña. Son siete juntistas por cada Junta Comunal, de los cuales, el más votado en las elecciones comunales, ostenta el cargo de Presidente de la Comuna , según lo establece la Constitución de la CABA. Y según la ley 1777, es el Presidente quien tiene la atribución de convocar al Consejo Consultivo Comunal (CCC)

Son miembros de ese Consejo, los representantes de entidades, partidos, redes y otras formas de organización. Su funcionamiento interno debe estar reglamentado normativamente por sus propios miembros. Los cuales se desconocen hasta el momento, por cuanto aún no se han creado los registros de los mismos, como lo establece la ley de comunas.

A pesar de tal desconocimiento, algunos presidentes comunales han enviado correos electrónicos, para presentar públicamente a todos los integrantes de sus respectivas Juntas de gobierno comunal. Lo cual prueba, que los juntistas no eran conocidos por quienes los votaron, ya que formaban parte de una lista sábana, que inducía a votar por el candidato a Jefe de Gobierno de su partido, más que por ellos como candidatos al gobierno comunal. Pero además, no queda claro, en calidad de que fueron invitados quienes recibieron esos correos.

Si bien los vecinos tienen garantizada su participación de modo individual, algunas entidades sostienen que los particulares no deberían ser considerados miembros de los CCC, por cuanto solo se representan a si mismos y no a alguna forma de organización. Otras aceptan que sean miembros pero siempre que participen en un ámbito diferenciado. De ese modo se evitaría mezclar las necesidades vecinales con: los objetivos estatutarios de las asociaciones, los intereses de algunos profesionales y sindicatos, así como también, con las ideologías políticas.

Pero, lamentablemente todo esta aún muy confuso y en vías de organizarse. Mientras tanto, los juntistas parecen estar más preocupados en hacerse conocer, aunque tarde, que en facilitarle a los vecinos e instituciones su participación a través de un marco normativo, que incluso, aún no se han dado ellos mismos, en primer término, en el seno de sus respectivas Juntas Comunales.

Cantidad de Caracteres 2864

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *