Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Plan de Contingencia Vial para cortes totales o parciales del tránsito

noviembre 1, 2012

La Legislatura Porteña aprobó una ley,  que incorpora al Código de Tránsito y Transporte,  un Plan de Contingencia Vial con el fin de generar una planificación de los desvíos de tránsito a instrumentar para el supuesto de interrupción total o parcial de la calzada en forma predeterminada, reordenando la circulación de los vehículos de transporte público de forma tal, que los desvíos y derroteros de emergencia puedan ser conocidos por el público usuario.

El expediente Nº 1814-D-2012 fue iniciado por el Diputado Claudio Palmeyro (Sindical Peronista) presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte, que dio dictamen favorable al proyecto.

La modificación al Código determina que «si por razones constructivas debidamente justificadas fuere necesario desviar el tránsito, el constructor de la obra está obligado a instalar un señalamiento adecuado con una antelación mínima de trescientos metros, con las características que por reglamentación establezca la Autoridad de Aplicación, con la finalidad de encausar ordenadamente la circulación y de minimizar su impacto. Si por razones de fuerza mayor fuera necesario desviar el tránsito, la Autoridad de Aplicación procederá a encauzar la circulación procurando minimizar su impacto con todos los elementos a su alcance, requiriendo la colaboración de las fuerzas policiales y/o agentes de control de tránsito y con el auxilio de los organismos del Poder Ejecutivo competentes».

La señalización debe ejecutarse en forma progresiva. La comunicación y difusión deberá hacerse en función de la magnitud e incidencia del corte, lo mismo que el personal afectado a los desvíos de tránsito, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación.

En un plazo de 180 días de promulgada la ley, la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte procederá a desarrollar los correspondientes planes de contingencia vial en los sitios en los cuales los cortes de tránsito resulten habituales.

Junto a la ley se aprobó una declaración que plantea una cantidad de puntos neurálgicos donde los cortes son más frecuentes para que en ellos se establezcan distintos Planes de Contingencia Vial que permita atender mejor la circunstancias de los cortes en esos sectores. Avenida Leandro Nicéforo Alem al 600 (Ministerio de Trabajo de la Nación), sector aledaño a la Estación de Retiro, avenida de Mayo al 500 (Jefatura de Gobierno de la Ciudad), avenida 9 de julio al 300 (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación), avenida Rivadavia al 1.800 (Congreso Nacional), avenida 9 de Julio y Av. Corrientes, avenida 9 de Julio y Av. de Mayo, avenida Corrientes y Florida, avenida Paseo Colón al 200 (Ministerio de Educación de la Ciudad), avenida Callao al 100 (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria del Ministerio de Trabajo de la Nación), sector aledaño al Puente Pueyrredón  en un  sector cercano  a la Plaza de Mayo.

 

Luis Alberto Serres

 

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