Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Deberán entregar constancia de donación a consumidores

julio 8, 2013

Donaciones-para-los-damnificadosSe aprobó una ley que establece la obligación de entregar constancia de donación y obligación de informar cantidad recaudada y entidades beneficiadas por las donaciones de los consumidores, cuya autoría pertenece al Legislador Porteño Edgardo Form (NE) .

La norma tiene por objeto garantizar a los consumidores y/o usuarios que decidan colaborar con campañas benéficas mediante la donación monetaria, el acceso a la información sobre algunos aspectos relacionados con la donación. Según quedó establecido en adelante los proveedores de bienes y servicios con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que ofrezcan la opción de colaborar con campañas benéficas mediante una donación monetaria deberán incluir de manera clara, visible y legible en los comprobantes de compra, tanto el aporte de cada consumidor y/o usuario en concepto de donación como así también los datos de la entidad beneficiada (razón social y número de CUIT).

El monto recaudado a través de las donaciones se entregará a la entidad que haya sido señalada previamente como destinataria de la campaña benéfica, la cual no podrá ser distinta de la que figure en el comprobante de compra que se le extendió al consumidor al momento de efectuar la donación.

 

Luis Alberto Serres

 

 

 

 

 

 

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