Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Regulan la publicidad y exhibición de precios

diciembre 27, 2013

precios-mercadoQuienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben exhibir precios de acuerdo a lo establecido por la Ley. Además, se declararon de utilidad pública diversos inmuebles.

 

El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó una ley que tiene por objeto regular la exhibición y publicidad voluntaria de precios en todo el ámbito de la Ciudad. Se estableció que quienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios deben exhibir los precios.

 

La norma está orientada a reunir en un mismo cuerpo legal varias leyes de la Ciudad que tienen en común la regulación de aspectos referidos a la publicidad y exhibición de precios, así como también reagrupar las normas nacionales que sobre la materia se hallan dispersas en varias resoluciones. Se reunieron nueve leyes vigentes: 1207, 1752, 3437, 3955, 3632, 3745, 3960, 4211 y 4592 que resguardan derechos de consumidores y usuarios, y que tienen muchas similitudes entre sí.

 

De esta manera, se acordó que el precio deberá expresarse en moneda de curso legal– pesos-, de contado y corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor final. En los casos en que se acepten además otros medios o monedas de pago, tal circunstancia deberá indicarse claramente en los lugares de acceso al establecimiento juntamente con el valor en pesos al que será considerado el medio de pago de que se trate, salvo en el caso de que el medio de pago considerado sea una tarjeta de crédito, débito o compra, conforme lo previsto en el Artículo 37, inciso c) de la Ley 25.065.

La norma implica la exhibición de precios en supermercados y autoservicios, carnicerías, panaderías, farmacias, garages, autopistas y hoteles, entre otros, y también a la publicidad voluntaria de precios sugeridos, de servicio turístico, recitales o figuras humanas modificadas digitalmente. El Diputado Helio Rebot (PRO) es el impulsor de la iniciativa que fue aprobada con 51 votos afirmativos sobre un texto despachado por la Comisión parlamentaria de Defensa de los Consumidores y Usuarios .

 

Luis Alberto Serres

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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