Enfermedades Transmitidas por Mosquitos (ETM)

Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Saneamiento del Riachuelo

diciembre 2, 2016

En ocho años se cumplió el 20% de la sentencia

Ayer se realizó la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para analizar el grado de avance en el cumplimiento del fallo Mendoza. Después de las exposiciones de los representantes de la sociedad civil, ACUMAR –la Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo, ente interjurisdiccional integrado por la Ciudad, la provincia de Buenos Aires y el Estado Nacional– dejó en evidencia que tanto los plazos, las obligaciones y los objetivos impuestos en el fallo se encuentran altamente incumplidos.

 

También se verificó el bajo nivel de coordinación que realiza ACUMAR y las dificultades que existen para desarrollar una acción integrada que logre los objetivos fijados por la Corte en ese territorio atravesado por catorce municipios del área metropolitana.

 

Se viene excluyendo a las personas afectadas por el estado de la cuenca del proceso de saneamiento y de la toma de decisiones de las que son las principales destinatarias. Tal como lo viene sosteniendo el Cuerpo Colegiado y las Defensorías Generales de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires no brindar acceso a la participación de los habitantes de la cuenta es insostenible, en particular en el proceso de relocalizaciones de miles de familias en situación de riesgo.

 

Una de las principales deudas del Estado en relación al cumplimiento de esta sentencia son las medidas referidas a la salud. La Corte ordenó hace 8 años la realización de un mapa de riesgo, que vincule las patologías de la población con los elementos contaminantes, a efectos de determinar intervenciones urgentes y prioritarias, para impedir que el estado del ambiente de la cuenca siga provocando enfermedades y muertes evitables a sus habitantes. Sin embargo ninguno de los expositores manifestó avances en este sentido sino que asumieron la incapacidad (falta de voluntad) de estudiar la vinculación de las enfermedades de las personas con las fuentes de contaminación.

 

A 8 años del fallo de la CSJN se pudo comprobar la incapacidad para promover una gestión que controle la contaminación producida por las industrias y que detenga la proliferación de basurales a cielo abierto, que producen daños al ambiente e impactan en la calidad de vida de la población. Tampoco se conoce el número de personas en situación de riesgo ambiental.

 

Es notable la dificultad de ACUMAR para contar con un sistema de indicadores que permita el seguimiento y la valoración del resultado de las acciones que orientan el plan de saneamiento. Transcurridos todos estos años el organismo no puede certificar el porcentaje de cumplimiento del fallo.

 

Como solicitamos hace un año a través del Cuerpo Colegiado, es fundamental un nuevo pronunciamiento del tribunal para definir escenarios actualizados de recomposición ambiental. Es necesario, además, adoptar medidas complementarias que especifiquen el alcance de los objetivos y precisen responsabilidades, resultados, cronogramas y términos, de modo de intensificar y volver eficientes las transformaciones que den a la cuenca Matanza Riachuelo un horizonte más alentador.

 

Luis Alberto Serres

Fuente FARN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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