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Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Declaran inconstitucional el sistema de Parquímetros

julio 4, 2018

La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, el 19 de Junio, declaró inconstitucional la  Ley 5728, que autoriza la concesión del Sistema de Estacionamiento Regulado por el plazo de 10 años, modificando a su vez la Ley N° 4.888.

 

La ley 5728, fue aprobada por la Legislatura de la Ciudad, el 1° de Diciembre de 2016, por 33 votos (entre ellos PRO- Coalición Cívica y Legisladores del Bloque Peronista de ese momento), para contrarrestar esto, el Vecino Gustavo Desplat (integrante de la ON’G “Proto Comuna Caballito”) presentó una acción de Amparo que tramita en el Juzgado N° 23 secretaría N° 45, y está caratulada como ?DESPLATS, GUSTAVO MARIA CONTRA GCBA POR AMPARO – OTROS?, Expte. N° A2248-2017/0.

 

Dicha acción cuestiona que la ley N° 5.728 fue aprobada por mayoría absoluta y en simple lectura cuando debió ser aprobada por mayoría de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura (40 votos) y cumpliendo el procedimiento de doble lectura con la realización de audiencia pública obligatoria. 

 

Por ese motivo, el 19 de Junio, el Juez FRANCISCO FERRER dictó SENTENCIA DE FONDO, haciendo lugar a los planteos presentados, declarando que los  artículos 2, 4, 5 de la ley 5728, conjuntamente con sus Anexos, en tanto contemplan supuestos alcanzados por el artículo 89, incs. 1, 4 y 5 de la Constitución de la Ciudad, debieron cumplir con el procedimiento de doble lectura exigible. Asimismo, declaró que, encontrándose cumplidos los recaudos impuestos por el artículo 82, incisos 4, y 5 de la Constitución de la Ciudad, resultaba exigible que fueran aprobados por la mayoría de dos tercios del total de los miembros de la Legislatura. En consecuencia, declaró la inconstitucionalidad de los artículos anteriormente identificados, aclarando que idéntico reproche se hace extensivo a las cláusulas de su antecedente que regularon idénticas hipótesis, artículos 6, 7 y 8 de la ley 4888 y sus Anexos. 

 

Con su sentencia, el Juez detalló que la VIOLACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DOBLE LECTURA violó el derecho de los habitantes de la ciudad a ejercer su derecho a la participación y a la Democracia Participativa a través de la audiencia pública que obligatoriamente debió convocarse. 

 

La Ley N° 5.728 dispone que si en el plazo de 18 meses, contados a partir de la promulgación de dicha ley, no se adjudica la concesión del sistema de estacionamiento regulado, el Poder Ejecutivo deberá proceder a brindar el servicio público. 

 

El plazo venció el 9 de Junio de 2018, y con esta sentencia el GCBA no podrá adjudicar la licitación, por lo tanto, deberá asumir la prestación del servicio inmediatamente.

 

La concesión del Acarreo de autos y el estacionamiento medido, venció en el 2001,  las empresas que manejan el sistema de gruas, son 2, STO (Dakota S.A) y SEC (BRD S.A.C.I.F.I), ambas se dividen la Ciudad y pagan un Canon irrisorio, alrededor de $ 50.000 c/u, en cambio el acarreo se incrementó en un 500% en 8 años, de  $ 150 a $ 750.

 

Desde el comienzo de la gestión del Pro, el acarreó acumula una suba del 500%, en 2008 pasó  de $ 150  a  $ 190 (40% de incremento), en 2012  pasó  a $ 350 (84% de incremento),  en  2014 pasó a $ 450 (29% de incremento),  en  2015 pasó a  $ 580 (29% de incremento) y en  2016  a $ 750.

 

 Las empresas levantan entre 10.000 y 14.000 acarreo mensuales cada una, en cambio por día las grúas levantan hasta 550 en día hábil laborable, es decir, ganan entre $ 7,5 millones  y $ 10,5 millones, mientras pagan cada una de Canon  $ 50.000, es decir en menos de 9 horas, las 2 empresas recuperan el irrisorio canon de $ 100.000 que le pagan a la Ciudad, el resto es una Fabulosa Ganancia, que los Amigos de , en éste caso Horacio Larreta pueden facturar a placer !!!

 

La ley N° 5.728 establecía un incremento de casi 3 mil % de los espacios alcanzados actualmente por el estacionamiento medido, ampliaba de 4.000 a 85.000 los espacios tarifados en un territorio de 203,3 km2, esto representaba el 23% del total de lugares posibles del que se dispone en Buenos Aires. El resto de los espacios para estacionar (284.000 lugares) continuaban siendo gratuito.

 

El sistema se ampliaba a unas 10.000 de las 24.400 cuadras con las que cuenta la Ciudad.

 

Las grúas iban a llegar a 14 de las 15 comunas.

 

 

Luis Alberto Serres

Fuente: Observatorio de la Ciudad

 

P.D: Adjuntamos un mapa con las zonas de estacionamiento y acarreo, y el precio de las tarifas, según el lugar, es lo que el vecino frentista va a terminar pagando.

 

 

 

 

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