Resolución Sobre el atraso en las Obras de la Escuela “Jorge Donn”
Ante la pereza e ineficacia del GCABA, en la reanudación inconstante de las Obras de la Escuela de danzas “Jorge Donn”, la Jueza que lleva la causa (Aclaramos, que hay una acción de Amparo, que lleva adelante una Madre de dichaescuela), se expidió sobre la misma.
Ante esto, reproducimos la Intimación de la Jueza Liberatori de los planos del edificio nuevo donde conste que figuren las 29 Aulas y el Auditorio. Hace más de 7 meses que se les solicita por parte de las “Amparantes” y los abogados de la Defensoría en lo Contencioso y Administrativo N° 6 y vencido el plazo y no contestado se le deberán aplicar los *Astreintes al Ministro de Infraestructura.
* Astreinte : Se denomina como astreintes a las sanciones valuadas en dinero contra el deudor que demora el cumplimiento de una orden judicial, y que son requeridas por el juez a razón de una suma de dinero por cada día, cada semana o cada mes en que un deudor retarda el cumplimiento de una obligación determinada mediante una resolución judicial (la cual, según cada ordenamiento legal, puede ser una sentencia judicial, un auto, un decreto, etc., etc.).
A diferencia de la multa simple, las Astreintes tienen como característica un incremento periódico según el tiempo de retardo en que incurre el deudor, mientras la multa determina el pago de una suma fija no aumentable en el tiempo.
Luis Alberto Serres
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